Plan de igualdad obligatorio: qué empresas deben tenerlo y qué incluye
Si tu empresa tiene más de 50 trabajadores, estás obligado a tener un plan de igualdad registrado. Y si tienes entre 1 y 50, puede que tu convenio colectivo te obligue igualmente. Ignorar esta obligación no solo es ilegal, sino que te impide acceder a licitaciones públicas y bonificaciones.
¿Quién está obligado?
Todas las empresas con 50 o más trabajadores deben elaborar y registrar un plan de igualdad (Real Decreto 901/2020). Esto incluye a los trabajadores a tiempo parcial, que computan como trabajadores a todos los efectos.
¿Qué debe incluir?
Un plan de igualdad debe partir de un diagnóstico previo de la situación de la empresa en materia de igualdad. Debe abordar: proceso de selección, clasificación profesional, formación, promoción, condiciones de trabajo (aquí entra la jornada y el registro horario), ejercicio corresponsable de los derechos de conciliación, infrarrepresentación femenina, retribuciones y prevención del acoso sexual.
La conexión con el control horario
El plan de igualdad debe analizar las condiciones de trabajo, y la jornada laboral es parte central. Un sistema de control horario que permita segmentar datos por género puede ayudarte a detectar si hay diferencias en las horas trabajadas, horas extra o distribución de turnos entre hombres y mujeres en tu empresa.
Sanciones
No tener plan de igualdad cuando es obligatorio es una infracción grave con multas de 626€ a 6.250€. Pero las consecuencias van más allá: te excluye de licitaciones públicas y de acceder a bonificaciones en la contratación.
Conclusión
El plan de igualdad no es un trámite burocrático más. Es una obligación legal que, bien implementada, mejora el clima laboral, reduce la rotación y posiciona mejor a tu empresa. Usa tus datos de control horario como base para el diagnóstico y asegúrate de que tu gestión de personas es realmente equitativa.
Preguntas frecuentes
¿Mi empresa necesita plan de igualdad?
Sí, si tiene 50 o más trabajadores. Desde 2022 la obligación se amplió desde el umbral anterior de 100.
¿Qué debe contener un plan de igualdad?
Diagnóstico inicial, objetivos, medidas, indicadores de seguimiento, registro retributivo y comisión de seguimiento.
¿Hay sanciones por no tener plan de igualdad?
Sí. Multa entre 7.501€ y 225.018€ como infracción muy grave en materia de relaciones laborales.
Aviso legal: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. La información puede no ser completa, exacta o estar actualizada. Para cuestiones legales específicas de tu empresa, consulta siempre a un profesional cualificado en derecho laboral o a tu asesoría.