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    Plan de igualdad obligatorio: qué empresas deben tenerlo y qué incluye

    RegulaKit19 de junio de 2026

    Si tu empresa tiene más de 50 trabajadores, estás obligado a tener un plan de igualdad registrado. Y si tienes entre 1 y 50, puede que tu convenio colectivo te obligue igualmente. Ignorar esta obligación no solo es ilegal, sino que te impide acceder a licitaciones públicas y bonificaciones.

    ¿Quién está obligado?

    Todas las empresas con 50 o más trabajadores deben elaborar y registrar un plan de igualdad (Real Decreto 901/2020). Esto incluye a los trabajadores a tiempo parcial, que computan como trabajadores a todos los efectos.

    ¿Qué debe incluir?

    Un plan de igualdad debe partir de un diagnóstico previo de la situación de la empresa en materia de igualdad. Debe abordar: proceso de selección, clasificación profesional, formación, promoción, condiciones de trabajo (aquí entra la jornada y el registro horario), ejercicio corresponsable de los derechos de conciliación, infrarrepresentación femenina, retribuciones y prevención del acoso sexual.

    La conexión con el control horario

    El plan de igualdad debe analizar las condiciones de trabajo, y la jornada laboral es parte central. Un sistema de control horario que permita segmentar datos por género puede ayudarte a detectar si hay diferencias en las horas trabajadas, horas extra o distribución de turnos entre hombres y mujeres en tu empresa.

    Sanciones

    No tener plan de igualdad cuando es obligatorio es una infracción grave con multas de 626€ a 6.250€. Pero las consecuencias van más allá: te excluye de licitaciones públicas y de acceder a bonificaciones en la contratación.

    Conclusión

    El plan de igualdad no es un trámite burocrático más. Es una obligación legal que, bien implementada, mejora el clima laboral, reduce la rotación y posiciona mejor a tu empresa. Usa tus datos de control horario como base para el diagnóstico y asegúrate de que tu gestión de personas es realmente equitativa.

    Preguntas frecuentes

    ¿Mi empresa necesita plan de igualdad?

    Sí, si tiene 50 o más trabajadores. Desde 2022 la obligación se amplió desde el umbral anterior de 100.

    ¿Qué debe contener un plan de igualdad?

    Diagnóstico inicial, objetivos, medidas, indicadores de seguimiento, registro retributivo y comisión de seguimiento.

    ¿Hay sanciones por no tener plan de igualdad?

    Sí. Multa entre 7.501€ y 225.018€ como infracción muy grave en materia de relaciones laborales.

    Aviso legal: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. La información puede no ser completa, exacta o estar actualizada. Para cuestiones legales específicas de tu empresa, consulta siempre a un profesional cualificado en derecho laboral o a tu asesoría.

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